sábado, 15 de junio de 2019

Chistes reales

La Constitución como libro de chistes


Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 

Ya. Y los políticos son de otro planeta o tienen tarifa plana.

Artículo 17. 1.  Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley. 2.  La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. 

Parece que algunos jueces no saben la constitución.

 Artículo 17.2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. 

Claro, por eso los okupas están a la orden del día y no se pueden sacar de una casa invadida.

Artículo 20. 1.  Se reconocen y protegen los derechos: 
a)  A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. 
b)  A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c)  A la libertad de cátedra. 
d)  A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
POR ESO ESCRIBO ESTE POST.


Artículo 27. 1.  Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. 
4.  La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. 
¿ME RIO EN TU CARA? SINVERGÜENZAS

Artículo 30. 1.  Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España. 
2.  La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
HOMBRE, QUIZÁS QUE VAYAN PENSANDO EN CAMBIAR ESTE ARTÍCULO, NO?

Artículo 35. 1.  Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. 
TIENEN EL DEBER DE TRABAJAR. SERÁN CABRONES! ESTAMOS OBLIGADOS! ADEMAS CAMBIAD ESTA LEY PORQUE LA REMUNERACIÓN ES UNA MIERDA, NO SATISFACE NADA Y ENCIMA LAS MUJERES COBRAN EN ALGUNOS CASOS HASTA EL 30% MENOS. OTRA QUE CAMBIAR NENES.

Artículo 39.  3.  Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda. PERO SE VE QUE HAY MUCHO CABRON SUELTO QUE NO SE PREOCUPA. PERO NO PASA NADA.

Llegados a este punto insto a todos aquellos defensores de la constitución que piensen si realmente vale la pena defenderla. Se fastidian a si mismos.
Basándome en el artículo 20.1 esto es lo que hay y si no te gusta cierra con la X que tienes arriba a la derecha. Anda guapo, cierra.





No hay comentarios:

Publicar un comentario